La Secretaría de Legal y Técnica y la oficina de Género y DDHH comunican a los vecinos que el Ministerio de Salud de la Nación y el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, suscribieron la DA 703 adoptada por Santiago Cafiero que incorpora excepciones al cumplimiento del aislamiento obligatorio y a la prohibición de circular, para el traslado de niños, niñas y adolescentes.

La medida establece que aquellas familias que necesiten trasladar niños, niñas y adolescentes a la casa de su madre, padre o referente afectivo/a puedan hacerlo, cada 7 días, para continuar allí con el aislamiento obligatorio.‬

Es muy importante que, en cada traslado, lleven consigo la declaración jurada, aprobada por la Resolución N° 132/20 del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación 👇 https://www.argentina.gob.ar/…/fi…/ddjj_padres_e_hijos_0.pdf

👉El objetivo de la medida es resguardar los vínculos afectivos de niños, niñas y adolescentes sin descuidar su salud, cumpliendo con el aislamiento obligatorio.

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