SECRETARIO: Arq. Bruno Scarcelli

Oficina: Alem y 9 de Julio (Palacio Municipal)

Atención: de lunes a viernes de 8 a 14 horas

Teléfono: 02346 470215 Interno 23

La Secretaría de Obras Públicas planifica y programa, a pedido del poder ejecutivo, las obras públicas que conllevan a un desarrollo integral, y a una mejor calidad de vida de sus beneficiarios, con un aprovechamiento óptimo en el manejo de los recursos asignados, cumpliendo con los principios de Eficiencia, Eficacia y Transparencia.

Esta Secretaría tiene a cargo el impulso y desarrollo de la infraestructura estatal en forma coordinada, con la búsqueda de la excelencia en los procesos de planeamiento, programación, y ejecución de obras, planes y proyectos.

INSCRIPCIÓN AL BANCO DE TIERRAS MUNICIPAL

Requisitos para la inscripción en el Registro de Potenciales Beneficiarios del Banco Municipal de Tierras establecidos en la Ordenanza 2166 y Decreto 909/2021:

• Poseer residencia no menor a tres años en el Partido de Alberti.
• Integrar un núcleo familiar (requisito no excluyente, según se indica en el último punto).
• No ser titular registral, usufructuario, nudo propietario, ni poseedor a título de dueño de otro bien inmueble.
• No ser titular de cuentas o activos bancarios y/o financieros, de cualquier naturaleza, o de bienes muebles registrables, con valuación superior a la suma de $ 2.000.000 (Pesos dos millones).
• Contar con libre deuda municipal por tasas (patentes de rodados y automotores, seguridad e higiene, derechos de uso u ocupación espacio público, derechos de cementerio) y multas por infracciones, a ser expedidos por la Dirección de Rentas y Juzgado de Faltas.
• Podrán inscribirse en el Registro aquellas personas que no integren grupo familiar, quienes sólo participarán de los procesos de adjudicación en los supuestos contemplados en el Artículo 6, inciso B, in fine, de la Ordenanza 2166.

ORDENANZA 2166 BANCO DE TIERRAS https://alberti.gov.ar/wp-content/uploads/2018/03/2166.pdf